La Declaración Anual de opraciones con terceros es únicamente una declaración de las operaciones realizadas con terceras personas, tanto clientes como proveedores y no supone un desembolso de cantidad alguna, es una declaración Informativa.
Los empresarios y profesionales que desarrollen actividades económicas están obligados a presentar el modelo 347, cuando respecto a otra persona o entidad hayan realizado operaciones que en su conjunto hayan superado la cifra de 3.005,06 € (IVA incluido) en el año natural al que se refiera la declaración. También están obligados las entidades o establecimientos de carácter social y las comunidades de propietarios por las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen al margen de una actividad empresarial o profesional cuando su importe haya superado 3.005,06 € (excluido suministro de agua, energía eléctrica, combustible y seguros).
No están obligados a presentar el modelo 347:
El modelo 347 se presentará en febrero en relación con las operaciones realizadas en el año anterior.
En la declaración anual de operaciones se deberá hacer constar, además de los datos identificativos del declarante (apellidos y nombre o razón social, número de identificación fiscal y domicilio fiscal), los relativos a las personas que deban figurar en su declaración conforme a los criterios expuestos, estando formados por los apellidos y nombre o razón social y el número de identificación fiscal.
Además de los datos identificativos se hará constar el importe total e individualizado de las operaciones realizadas con cada persona o entidad durante el año natural.
El modelo 347 se presentará por Internet con certificado electrónico (obligatorio para sociedades anónimas y limitadas, grandes empresas y adscritos a la DCGC y Administraciones Públicas), o también con Cl@ve para personas físicas.
La Declaración Anual Operaciones con Terceros. Modelo 347 (229)